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Artículo 4 de la Ley 12.987 · Modifica la ley n.o 10,986 de 1952

Modifica la ley n.o 10,986 de 1952

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 27321 · idParte: 7175087

Texto oficial

Artículo 4.o Autorízase al Presidente de la República para refundir en un solo texto las leyes N.os 10.986, 11,482, 11,935, las modificaciones introducidas por el artículo 26.o de la ley N.o 11.595, por el artículo 14.o de la ley N.o 12,432, y la presente, texto al cual se dará el mismo número de la ley N.o 10,986.