Texto oficial
Artículo 18. La autorización para la instalación de
nuevas industrias en el departamento de Arica o en otra zona
que goce de un régimen tributario y aduanero especial, se
regirá por las normas generales del país.
Crea la junta de adelanto de arica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27344 / 7175126.