Saltar al contenido

Artículo 2 transitorio de la Ley 13.039 · Crea la junta de adelanto de arica

Crea la junta de adelanto de arica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 27344 · idParte: 7175153

Texto oficial

Artículo 2.o Las industrias ya establecidas en Arica o en otras zonas que gocen de régimen aduanero especial y que hubieren obtenido del Supremo Gobierno la declaración de producción nacional seguirán gozando durante el imperio de esta ley de los benficios que dicha declaración les concedió, siempre que cumplan con las condiciones que determinaron tal declaración o reconocimiento.