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Artículo 2 de la Ley 13.093

Autoriza a la municipalidad de la calera para contratar uno o mas prestamos, que produzcan hasta la cantidad de $ 25.000.000 para atender a diversas obras de adelanto local; para su servicio establece una contribucion adicional de uno por mil anual sobre el avaluo de los bienes raices de la comuna.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27363 / 8280612.

Texto oficial

Artículo 2° El producto del o los préstamos que se contraten de acuerdo con la autorización concedida en el artículo anterior será invertido en los siguientes fines: a) Compra directa de terrenos, para habitaciones de empleados y obreros y obras de ornato de la ciudad .............................. $ 1.000.000 b) Terminación del Estadio Municipal y habilitación de la Casa Consistorial ................... 10.000.000 c) Terminación del Matadero Municipal y su habilitación ......... 4.000.000 d) Adquisición de vehículos para el aseo y servicio municipal ........................... 10.000.000 -------------- Total ............................ $ 25.000.000 ==============