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Artículo 6 de la Ley 13.284

Traspasa las cantidades que señala entre los item, letras y numeros del presupuesto para 1958, en moneda corriente, aprobado por la ley numero 12,844

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27387 / 5972687.

Texto oficial

Artículo 6.o Reemplázase en el inciso segundo del artículo 99.o de la ley N.o 11,764 el año "1955" por "1956". Esta disposición comenzará a regir desde el 1.o de Noviembre de 1958.