Texto oficial
Artículo 9.o Fíjanse para el año 1959 los siguientes porcentajes de gratificación de zona, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34.o del decreto con fuerza de ley N.o 256, de 1953, y el artículo 10.o de la ley N.o 9,963, para el personal radicado los siguientes lugares:
PROVINCIA DE TARAPACA_____________________________ 40%
El personal que preste sus servicios en los Retenes
"La Palma", "San José" y "Negreiros"; en Villa
Industrial, Poconchile, Puquios, Central, Codpa,
Chislluma, General Lagos, Avanzada de Aduana de
Chaca, Camarones, Pisagua, Zapiga, Aguada, Poroma,
Sibaya, Huaviña, Mocha, Pachica, Tarapacá, Huara,
Caleta Huanillos, Pintados, Matilla, Pica, Iris,
Victoria (ex Brac), Alianza, Buenaventura, Posta
Rosario, Subdelegación de Pozo Almonte y
"Campamento Militar Baquedano", tendrá el________ 60%
El personal que preste sus servicios en Visvirí,
Putre, Alcérreca y Cuya, tendrá el_______________ 80%
El personal que preste sus servicios en Parinacota,
Chungará, Belén, Cosapilla, Caquena, Chileaya,
Huayatiri, Isluga, Chiapa, Chusmiza, Cancosa,
Mamiña, Huatocondo, Laguna del Huasco, Retén
Camiña, Ticnamar, Socoroma, Chapiquiña, Enquelga,
Caruquima, Chiapa, Sotoca, Jaiña, Camiña,
Chapiquilta, Miñi-Miñe, Parca y Macaya, Portezuelo
de Chapiquiña y Retén Caritaya, tendrá el _______ 100%
PROVINCIA DE ANTOFAGASTA__________________________ 30%
El personal que preste sus servicios en los
departamentos de Taltal y Tocopilla y en las
localidades de Coya Sur, María Elena, Pedro de
Valdivia, José Francisco Vergara, Calama,
Chuquicamata y departamento de El Loa, tendrá el_ 50%
El personal que preste sus servicios en Chiu-Chiu,
San Pedro de Atacama, Toconao, Estación San
Pedro, Quillahue, Prosperidad, Rica Aventura,
Empresa, Algorta, Mina Despreciada, Chacance,
Miraje, Gatico, Baquedano, Pampa Unión, Sierra
Gorda, Concepción, La Paloma, Estación Chela
Altamira, Mineral, El Huanaco Catalina, Sierra
Overa, Mejillones, Flor de Chile y Retén
Oficina Alemania, tendrá el______________________ 60%
El personal que preste sus servicios en Ascotán,
Socaire, Peine, Caspana, Ollagüe, Ujina (ex
Collaguasi) y Río Grande, tendrá el______________ 100%
PROVINCIA DE ATACAMA______________________________ 30%
PROVINCIA DE COQUIMBO_____________________________ 15%
PROVINCIA DE VALPARAISO:
El personal que preste sus servicios en la Isla Juan
Fernández, tendrá el_____________________________ 60%
El personal que preste sus servicios en la Isla de
Pascua, tendrá el________________________________ 100%
PROVINCIA DE CONCEPCION___________________________ 15%
PROVINCIA DE ARAUCO_______________________________ 10%
PROVINCIA DE MALLECO:
El personal que preste sus servicios en la
localidad de Lonquimay, tendrá el________________ 30%
PROVINCIA DE CHILOE_______________________________ 20%
El personal que preste sus servicios en Chiloé
Continental y Archipiélago de Las Guaitecas,
tendrá el________________________________________ 60%
El personal que preste sus servicios en la Isla
Huafo, Futalelfú y Palena, tendrá el_____________ 100%
PROVINCIA DE AYSEN________________________________ 60%
El personal que preste sus servicios en Chile Chico,
Baker, Río Ibáñez, La Colonia, Cisnes, Balmaceda,
Lago Verde, Cochrane, Río Mayer, Ushuaía, Retenes
"Coyhaique Alto" y "Puesto Viejo", tendrá el_____ 100%
PROVINCIA DE MAGALLANES___________________________ 60%
El personal que preste sus servicios en la Isla
Navarino, San Pedro, Muñoz Gamero, Picton y Punta
Yamara, tendrá el________________________________ 100%
El personal que preste sus servicios en la Isla
Diego Ramírez, tendrá el_________________________ 300%
El personal que preste sus servicios en Islas
Evangelistas, tendrá el__________________________ 150%
TERRITORIO ANTARTICO:
El personal destacado en la Antártida, de acuerdo
con el artículo 1.o de la ley N.o 11,492, tendrá
el_______________________________________________ 600%
El personal de la Defensa Nacional que forme parte
de la Comisión Antártica de Relevo, mientras
dure la comisión, tendrá el______________________ 300%