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Artículo 9 de la Ley 13.305

Reajusta las remuneraciones de todos los empleados que prestan servicios en chile, suplementa el presupuesto de la nacion, establece nueva unidad monetaria, concede facultades extraordinarias al presidente de la república y modifica las leyes que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 27399 · idParte: 8175397

Texto oficial

Artículo 9.o En el inciso primero del artículo 60.o del decreto con fuerza de ley N.o 23/5,683, cuyo texto fue substituído por el artículo 41.o de la ley N.o 10,343, se reemplaza la frase "cien pesos diarios como base, más el uno y medio por mil (1,5%.o)", por la siguiente: "al tres y medio por mil (3,5%.o)". El gasto que signifique la aplicación de este artículo, será de cargo de las respectivas instituciones.