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Artículo 90 de la Ley 13.305

Reajusta las remuneraciones de todos los empleados que prestan servicios en chile, suplementa el presupuesto de la nacion, establece nueva unidad monetaria, concede facultades extraordinarias al presidente de la república y modifica las leyes que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 27399 · idParte: 8175486

Texto oficial

Artículo 90.o Desde la vigencia de esta ley las autorizaciones concedidas u obligaciones impuestas por las leyes al Banco Central de Chile de otorgar créditos a diversas instituciones del Estado, semifiscales o autónomas quedarán condicionadas, en cada caso, a la aprobación del Presidente de la República.