Texto oficial
Artículo 246.o A partir de la vigencia de la presente
ley la Tesorería Comunal de Arica pagará los sueldos,
pensiones y demás obligaciones del Estado que corresponda
satisfacer dentro de la comuna.
Reajusta las remuneraciones de todos los empleados que prestan servicios en chile, suplementa el presupuesto de la nacion, establece nueva unidad monetaria, concede facultades extraordinarias al presidente de la república y modifica las leyes que señala
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27399 / 8175654.