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Artículo 3 de la Ley 13.345

Autoriza a la municipalidad de conchali para contratar uno o mas prestamos que produzcan hasta la cantidad de $ 80.000.000 con el fin de destinarlos a diversas obras de adelanto local.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27435 / 8280750.

Texto oficial

Artículo 3° El producto del o los préstamos será invertido en los siguientes fines: a) Adquisición de camiones para el servicio de aseo _______ $ 70.000.000 b) Reparaciones de los edificios municipales _________ 5.000.000 c) Terminación del Matadero Municipal ____________ 5.000.000 -------------- TOTAL ________________ $ 80.000.000 ==============