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Artículo 3 de la Ley 13.419

Establece diversas franquicias relativas a contribuciones o impuestos, prestamos, radicacion y otras, a los propietarios y comerciantes de la comuna de san jose de maipo, afectados por el sismo de septiembre de 1958

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 27466 · idParte: 7175333

Texto oficial

Artículo 3° El Ministerio de Obras Públicas, a través de la Dirección de Obras Sanitarias, ejecutará los trabajos de abastecimiento de agua potable de San José de Maipo, con cargo a los fondos otorgados a dicho Ministerio por la ley 13.305.