Texto oficial
Artículo 24.- Los recursos del Fondo se adjudicarán
por concurso público. Para postular, los interesados
deberán presentar una solicitud de bonificación,
acompañada de un proyecto de plan de manejo, que deberá
detallar la o las actividades a realizar e identificar la
superficie a intervenir. Un mismo interesado podrá
participar en nuevos concursos, con el fin de obtener una
bonificación, para una misma superficie, para realizar
otras actividades forestales definidas en el reglamento y
que correspondan a un mismo literal, siempre que el monto de
la bonificación a la que se postula, en conjunto con el de
las que se hayan obtenido en otros concursos, no supere el
monto máximo bonificable por hectárea señalado en los
literales del artículo 22.
No se admitirán a concurso solicitudes de
bonificación de actividades comprendidas en distintos
literales o en actividades bonificadas en concursos
anteriores para la misma superficie.