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Artículo 2 de la Ley 13.565

Autoriza expropiar los inmuebles que indica y cuyos deslindes señala, con el objeto de ampliar las instalaciones del instituto comercial de talca

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27506 / 5973205.

Texto oficial

Artículo 2° Los predios cuyas expropiaciones se autorizan por la presente ley se destinarán a ampliar las instalaciones del Instituto Comercial de Talca y el gasto que demande su cumplimiento se imputará a los recursos provenientes de la ley 11.766.