Autoriza a la municipalidad de san ignacio para contratar uno o mas emprestitos que produzcan hasta la suma de $ 14.000.000 con el fin de destinarlos a las obras de electrificacion de la comuna; para su servicio establece una contribucion adicional del dos por mil anual sobre el avaluo de los bienes raices de la comuna
Texto oficial
Artículo 5° En caso de que los recursos a que se refiere el artículo anterior fueren insuficientes para el servicio de la deuda o no se obtuvieren en la oportunidad debida, la Municipalidad completará la suma necesaria con cualquiera clase de fondos de sus rentas ordinarias.