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Artículo 2 de la Ley 13.790 · Modifica la ley n° 10,475

Modifica la ley n° 10,475

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 27546 · idParte: 7175385

Texto oficial

Artículo 2° Reemplázase en el artículo 1° transitorio de la ley N° 10,475, la fecha "1° de Enero de 1960", por "1° de Enero de 1965".