Crea la corporacion de magallanes y dispone que las tierras fiscales y las de la caja de colonizacion agricola ubicadas en la provincia de magallanes, con exclusion de las que indica, podran ser transferidas en propiedad por el presidente de la república o por la caja, en su caso, en la forma y condiciones que señala
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27550 / 9128762.
Texto oficial
Artículo 11° El Presidente de la República podrá
excluir de las ventas a que se refieren los artículos 6°,
7° y 8° aquellos terrenos que juzgue necesarios para LETRA
c) la ampliación de las poblaciones actualmente existentes,
para la creación de nuevas poblaciones, instalación de
industrias u otros fines de interés general.