Crea la corporacion de magallanes y dispone que las tierras fiscales y las de la caja de colonizacion agricola ubicadas en la provincia de magallanes, con exclusion de las que indica, podran ser transferidas en propiedad por el presidente de la república o por la caja, en su caso, en la forma y condiciones que señala
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27550 / 9128811.
Texto oficial
Artículo 6° El Servicio de Seguro Social venderá
directamente a sus actuales arrendatarios los lotes de
terrenos que fueron transferidos a la Junta Local de
Beneficencia de Magallanes en conformidad al artículo 59°
de la ley 6.152.
Las ventas se ajustarán a lo dispuesto en los incisos
3° y siguientes del artículo 14° de la presente ley.