Texto oficial
Artículo 4.o a) Suprímense en el inciso quinto del
artículo 514 del Código del Trabajo las palabras "Aysen" y
"Magallanes" y la coma (,) que precede a la palabra
"Chiloé", la cual se reemplaza por la conjunción "y".
b) Agrégase al final del mismo artículo, el siguiente
inciso:
"La Corte de Apelaciones de Punta Arenas será
considerada, dentro del territorio de su jurisdicción, como
Tribunal de Alzada del Trabajo para todos los efectos
legales, debiendo regirse, cuando funcione en tal carácter,
por las disposiciones del presente título en cuanto le
fueren aplicables."