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Artículo 5 de la Ley 13.916

Crea una corte de apelaciones con asiento en la ciudad de punta arenas, modifica el decreto n.o 298, de 1956, el código orgánico de tribunales y el código del trabajo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27558 / 9079232.

Texto oficial

Artículo 5.o El actual Juzgado de Letras de Mayor Cuantía de Punta Arenas tendrá, para todos los efectos legales, la misma categoría que los de asiento de Corte de Apelaciones.