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Artículo 4 de la Ley 13.981

Autoriza a la municipalidad de isla de maipo para contratar con el banco del estado de chile u otras instituciones de credito o particulares un emprestito que produzca hasta la suma de e° 10.000

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 27613 · idParte: 8281142

Texto oficial

Artículo 4° En caso de que los recursos consultados fueren insuficientes para el servicio del empréstito, la Municipalidad completará la suma necesaria con cualquiera clase de fondos de sus rentas ordinarias.