Texto oficial
Artículo 3° Los inmuebles expropiados serán destinados a la ampliación del Hospital de Yumbel.
Declara de utilidad publica y autoriza la expropiacion en favor del servicio nacional de salud, de las propiedades que señala
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27630 / 7175427.