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Artículo 4 de la Ley 14.092

Autoriza a la municipalidad de santo domingo para contratar uno o mas prestamos que produzcan hasta la suma de e° 70.000,00,

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27667 / 8281268.

Texto oficial

Artículo 4° Prorrógase con el objeto de servir el o los empréstitos autorizados por la presente ley y hasta el pago total de ellos o hasta la inversión del total de los fondos en las obras consultadas en el artículo 3°, la contribución adicional establecida en el artículo 4° de la ley N° 12,038, prorrogada por el artículo 4° de la ley N° 12,872.