Cambia nombre al ministerio de economia, modifica la leyes que indica, establece y aumenta los impuestos que señala, concede al presidente de la república las facultades que menciona y dispone coordinar la inversion de los recursos fiscales como tambien los recursos de las instituciones semifiscales de administración autonoma y empresas del estado orientandolos hacia los fines de reconstruccion y fomento de la produccion
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27714 / 8715284.
Texto oficial
Artículo 36° Las franquicias que el artículo 7° de
la ley 12.919 otorga a las industrias nacionales que
produzcan los vehículos a que se refiere dicha
disposición, subsistirán por diez años a contar de la
fecha de publicación de esta ley.