Cambia nombre al ministerio de economia, modifica la leyes que indica, establece y aumenta los impuestos que señala, concede al presidente de la república las facultades que menciona y dispone coordinar la inversion de los recursos fiscales como tambien los recursos de las instituciones semifiscales de administración autonoma y empresas del estado orientandolos hacia los fines de reconstruccion y fomento de la produccion
Texto oficial
Artículo 82° Durante el término de cinco años, a
contar desde la publicación de la presente ley, la
Corporación de la Vivienda podrá otorgar préstamos para
urbanizar terrenos en la zona a que se refiere el artículo
6°, que pertenezcan en condominio a personas naturales que
tengan Cuenta de Ahorro para la Vivienda, y siempre que
destinen dichos terrenos a la edificación de sus viviendas.