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Artículo 12 de la Ley 14.453

Reajusta rentas del profesorado y fija nuevas plantas y sueldos de los servicios dependientes del ministerio de educacion publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27729 / 9060916.

Texto oficial

Artículo 12°. Decláranse técnicos los cargos de Asistentes Sociales y Proyectista en posesión del título otorgado por la Universidad de Chile u otra reconocida por el Estado.