Texto oficial
Artículo 12°. Decláranse técnicos los cargos de
Asistentes Sociales y Proyectista en posesión del título
otorgado por la Universidad de Chile u otra reconocida por
el Estado.
Reajusta rentas del profesorado y fija nuevas plantas y sueldos de los servicios dependientes del ministerio de educacion publica
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