Texto oficial
Artículo 33°. Introdúcense las siguientes
modificaciones a la ley 11.766: En el artículo 1°, inciso
1°, reemplazar la palabra "terrenos" por "predios".
Consultar como inciso 2°, nuevo, el siguiente:
"El precio de adquisición del predio a particulares no
estará sujeto a lo establecido por el artículo 7° de la
ley 4.174, pero no excederá del avalúo comercial que para
este efecto señale la Dirección de Impuestos Internos".
En el artículo 3°, agregar los siguientes incisos
nuevos:
"Con cargo a los fondos de esta ley podrá atenderse a
la reparación de locales arrendados o cedidos al Fisco.
En el caso de arrendamiento, el monto de las
reparaciones no podrá exceder de un cien por ciento de la
renta anual del arrendamiento o el veinte por ciento del
avalúo fiscal vigente, para los establecimientos urbanos, y
el cincuenta por ciento a los locales de escuelas primarias
rurales y será necesario que el propietario del inmueble
otorgue, previamente, por escritura pública o documento
privado ante Notario, una prórroga de arrendamiento a lo
menos de cinco años.
En el artículo 4°, agregar el siguiente inciso final,
nuevo:
"El saldo de los fondos para construcciones escolares
después de entregados los porcentajes a que se refieren los
incisos 2°, 4° y 5° de este artículo y lo dispuesto en
el artículo 15°, deberá emplearse principalmente en
construcciones escolares a través de la Sociedad
Constructora de Establecimientos Educacionales."
En el artículo 5°, suprímense los incisos 4°, 5°,
6° y 7°.
En el último inciso, agregar, en punto seguido, la
siguiente frase: "Los Notarios, Conservadores de Bienes
Raíces y Archiveros de la República deberán proporcionar
gratuitamente los documentos que el Fisco o el Ministerio de
Educación les soliciten."
Reemplázase el inciso final del artículo 14° por el
siguiente: "La Corporación de la Vivienda deberá construir
en toda población que proyecte, locales escolares que
satisfagan las necesidades educacionales del sector en que
esté ubicada la población, previo informe del Ministerio
de Educación Pública".