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Artículo 36 de la Ley 14.453

Reajusta rentas del profesorado y fija nuevas plantas y sueldos de los servicios dependientes del ministerio de educacion publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27729 / 9060940.

Texto oficial

Artículo 36°. La Escuela Experimental de Educación Artística, dependiente de la Superintendencia de Educación Pública, pasará a depender de la Dirección de Educación Profesional. Los cargos directivos y docentes de la Escuela Experimental de Educación Artística serán considerados como cargos técnicos-artísticos para los efectos de su provisión y corresponderá al Director de Enseñanza Profesional hacer las propuestas para su nombramiento. Asimismo, los cargos directivos y docentes que se creen tendrán igual carácter y su provisión estará sometida al mismo procedimiento. Durante el presente año presupuestario, los gastos que demande la Escuela Experimental de Educación Artística se pagarán con cargo a los fondos consultados en los ítem respectivos del Presupuesto vigente de la Superintendencia de Educación Pública.