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Artículo 38 de la Ley 14.453

Reajusta rentas del profesorado y fija nuevas plantas y sueldos de los servicios dependientes del ministerio de educacion publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27729 / 9060942.

Texto oficial

Artículo 38°. Créanse, a partir del 1° de enero de 1961: a) 1.000 cargos de profesores de escuelas primarias grado 15°; 50 cargos de directores de escuelas de 1a. clase; 50 cargos de directores de 2a. clase, y 50 cargos de Subdirectores de escuelas de 1a. clase, y b) 2.000 horas de clases en la Dirección de Educación Profesional. La Ley de Presupuestos del próximo año 1961, consultará las cátedras y los cargos a que se refieren este artículo y el anterior.