Texto oficial
Artículo 45°. Facúltase al Presidente de la
República para entregar a la Universidad de Chile hasta la
suma de E° 100.000 para que la destine al Colegio
Universitario de Temuco.
Reajusta rentas del profesorado y fija nuevas plantas y sueldos de los servicios dependientes del ministerio de educacion publica
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