Texto oficial
Artículo 46°. Se faculta al Presidente de la
República para entregar a la Sociedad Nacional de
Profesores, a la Unión de Profesores de Chile y a la
Sociedad de Escuelas Normales, en conjunto, la suma de E°
20.000, con el objeto de que se destinen a la adquisición
de un inmueble en la ciudad de Valparaíso que sirva de sede
provincial para las actividades de dichas Corporaciones
gremiales.