Texto oficial
Artículo 47°. Auméntanse los sueldos bases del
personal del Congreso Nacional en un 13,67% a contar del 1°
de julio del presente año.
La bonificación otorgada a este personal por decreto
del Ministerio de Hacienda 10.099, de 17 de septiembre del
año en curso, se pagará sobre los sueldos aumentados en la
suma indicada en el inciso anterior.