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Artículo 1 transitorio de la Ley 14.453

Reajusta rentas del profesorado y fija nuevas plantas y sueldos de los servicios dependientes del ministerio de educacion publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 27729 · idParte: 9060965

Texto oficial

Artículo 1°. Los cargos de las plantas Directivas, Profesional y Técnica del Ministerio de Educación Pública, consultados en la presente ley, continuarán desempeñados, sin necesidad de encasillamiento, por las personas que actualmente sirven en propiedad estas funciones, no obstante los cambios de denominación, grado o categoría, que dichos cargos puedan haber tenido con relación a la planta anterior.