Texto oficial
Artículo 2°. Los siguientes cargos de las plantas del
Estadio Nacional que queden vacantes a partir de la vigencia
de esta ley, serán suprimidos:
a) En la Planta Administrativa, Oficiales 8°, 10° y
12°; b) En la Planta de Servicios: 2 guardianes grado 13°,
1 carpintero grado 13°, 2 guardianes grado 14°, 6
cancheros grado 16°, 1 jardinero grado 16°, 2 guardianes
grado 16°, 1 pintor grado 16°, 1 canchero grado 17°.