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Artículo 21 de la Ley 14.501

Establece una bonificacion obligatoria y reajusta los sueldos y salarios de los empleados y obreros que indica; modifica las leyes e impuestos que señala.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27737 / 9044536.

Texto oficial

Artículo 21.o.- Declárase que el tope fijado en el DFL. N.o 68, del año 1960, se entiende elevado en un 10% para el año 1960 y en un 15% para el año 1961.