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Artículo 17 de la Ley 14.514

Aprueba el calculo de entradas y el presupuesto de gastos de la nacion para el año 1961, en moneda corriente y en monedas extranjeras reducidas a dolares.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27742 / 9044586.

Texto oficial

Artículo 17.o Del aporte consultado a la Empresa Portuaria de Chile en el Ministerio de Economía, Secretaría y Administración General de Transporte, E° 2.000.000 deberán ser reintegrados en arcas fiscales durante el curso del año 1961, por la referida Empresa.