Texto oficial
Artículo 34.o El artículo 1.o del decreto con fuerza de ley N.o 68 no se aplicará a la Caja Central de Ahorros y Préstamos.
Aprueba el calculo de entradas y el presupuesto de gastos de la nacion para el año 1961, en moneda corriente y en monedas extranjeras reducidas a dolares.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27742 / 9044603.