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Artículo 2 de la Ley 14.556

Declara aplicables a los funcionarios de la ex superintendencia de abastecimientos y precios las disposiciones que indica y fija las pensiones señaladas en la ley n.o 11,881

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27766 / 5974176.

Texto oficial

Artículo 2.o El gasto que signifique la aplicación del artículo anterior se financiará en la forma prevista en el artículo 203 de la ley N.o 13,305, inciso final.