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Artículo 20 de la Ley 14.582 · Fija las plantas del personal del servicio de correos y telegrafos

Fija las plantas del personal del servicio de correos y telegrafos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27779 / 9044680.

Texto oficial

Artículo 20.o El grado superior del escalafón de Suboficiales de Correos será considerado como grado máximo para los efectos de lo señalado en el artículo 132 del decreto con fuerza de ley N.o 338, de 1960.