Saltar al contenido

Artículo 5 de la Ley 14.654

Autoriza a la municipalidad de coyhaique para contratar uno o mas emprestitos que produzcan hasta la suma de e° 150.000, con el fin de invertirlos en diversas obras de adelanto local.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27845 / 8281617.

Texto oficial

Artículo 5° La Municipalidad de Coyhaique consultará anualmente en su presupuesto ordinario, las sumas necesarias para el servicio del o los empréstitos indicados, debiendo destinar, al efecto, en primer término, los dividendos de las acciones de la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales que sean de su propiedad.