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Artículo 17 de la Ley 14.688 · Reajusta los sueldos y salarios que indica y modifica la ley numero 7,295

Reajusta los sueldos y salarios que indica y modifica la ley numero 7,295

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27875 / 9007697.

Texto oficial

Artículo 17. Las bonificaciones a que se refieren los artículos 12, 13 y 14, no estarán afectas a impuestos ni a imposiciones o gravámenes previsionales.