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Artículo 9 de la Ley 14.836

Reajusta las rentas del profesorado y modifica los decretos con fuerza de ley y las leyes que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27915 / 8854312.

Texto oficial

Artículo 9.o Los años servidos como profesores en los cursos particulares de las Escuelas Anexas a los Liceos Fiscales serán reconocidos para los efectos de la provisión de las vacantes que se produzcan en las Preparatorias Fiscales de los Liceos, pero únicamente a aquellos profesores que estén en posesión del título de normalista y que hayan ejercido tales cargos durante un lapso no inferior a ocho años.