Saltar al contenido

Artículo 10 de la Ley 14.836

Reajusta las rentas del profesorado y modifica los decretos con fuerza de ley y las leyes que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27915 / 8854313.

Texto oficial

Artículo 10.o El pago del reajuste de las pensiones a los profesores jubilados en conformidad con lo dispuesto en los artículos 128.o y 132.o del DFL. 338, de 1960, se hará directamente por Tesorería.