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Artículo 38 de la Ley 14.836

Reajusta las rentas del profesorado y modifica los decretos con fuerza de ley y las leyes que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27915 / 8854341.

Texto oficial

Artículo 38. Reemplázase en el artículo 6.o de la ley N.o 12.084, modificado por el artículo 105.o de la ley N.o 13.305, las palabras "un sexto" por "un cuarto". Esta sustitución regirá a partir del 1.o de Enero de 1962, y afectará, en consecuencia, el impuesto que corresponda pagar desde dicha fecha.