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Artículo 39 de la Ley 14.836

Reajusta las rentas del profesorado y modifica los decretos con fuerza de ley y las leyes que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27915 / 8854342.

Texto oficial

Artículo 39. Los mayores ingresos que se originen con motivo de las modificaciones tributarias y de los nuevos impuestos contenidos en la presente ley, serán de exclusivo beneficio fiscal.