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Ley 14.840

Faculta al presidente de la república para establecer impuestos, derechos o prestaciones, aumentarlos, rebajarlos, suspenderlos o derogarlos y, en general, dictar todas las medidas que sean necesarias para la aplicacion del articulo 28°, letra b), del capitulo vii del tratado de montevideo, que establecio una zona de libre comercio e instituyo la asociacion latinoamericana de libre comercio.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
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idNorma: 27918

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