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Artículo 56 de la Ley 14.852 · Fija el texto definitivo de la ley general de elecciones

Fija el texto definitivo de la ley general de elecciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27930 / 9000300.

Texto oficial

ARTICULO 56. El Comisario trasladará los útiles que reciba al lugar en que deba funcionar la Mesa, preparará el local y tomará las medidas convenientes para el mejor funcionamiento de la Mesa Receptora. Llevará cuenta documentada de los gastos.