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Artículo 119 de la Ley 14.852 · Fija el texto definitivo de la ley general de elecciones

Fija el texto definitivo de la ley general de elecciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27930 / 9000439.

Texto oficial

ARTICULO 119. El 15 de Mayo del año en que se verifiquen elecciones ordinarias para diputados y para senadores se reunirán, separadamente, en la Sala de Sesi�nes de la Cámara y del Senado, a las tres de la tarde, los diputados y senadores electos, para constituirse en conformidad a los reglamentos internos de su respectiva Corporación.