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Artículo 122 de la Ley 14.852 · Fija el texto definitivo de la ley general de elecciones

Fija el texto definitivo de la ley general de elecciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27930 / 9000448.

Texto oficial

ARTICULO 122. Estarán exentos del pago de todo impuesto las actas, declaraciones, poderes, copias, correspondencia, procesos judiciales y cualquier documento o actuaciones prescritas en esta ley. Los Conservadores y Notarios, Correos y funcionarios deberán cumplir gratuitamente con las obligaciones que esta ley prescribe.