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Ley 14.857

Declara que los aprendices de las fuerzas armadas estan comprendidos en los beneficios de la leyes 6.174, de 9 de febrero de 1938, y 6.501, de 25 de enero de 1940, que legislaron sobre medicina preventiva.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
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idNorma: 27935

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