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Artículo 15 de la Ley 14.904

Modifica el d.f.l. numero 72, de 1960, la ley numero 10.383, el código sanitario, fija normas para encasillar al personal del servicio nacional de salud y prorroga el plazo para acogerse a los beneficios de la ley de continuidad de la prevision

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27973 / 8857460.

Texto oficial

Artículo 15. El Consejo Nacional de Salud podrá autorizar, a propuesta del Director General, cuando se trate de personal perteneciente a la Escala Directiva, Profesional y Técnica del Servicio Nacional de Salud, que no rija lo dispuesto en el artículo 168 del decreto con fuerza de ley N° 338, de 1960.